En caso hayas obtenido un divorcio en corte extranjera, debes hacerlo reconocer por autoridad peruana, para lo cual se tramitará un proceso llamado EXEQUATUR, en donde (al igual que en los divorcios), deberás remitirnos un poder especial en base a un formulario que te remitiremos vía Internet.
La empresa no se hace responsable por los poderes cuyos textos no sean de nuestra autoría.
Los textos redactados en notaría o consulados en base a modelos que ellos tienen y aplican a todos por igual ha generado problemas, al ser observados por el Fiscal de Familia o el mismo Juez, estos poderes son defectuosos.
Para evitar esto, le remitimos el texto del poder elaborado por nosotros el cual garantiza su divorcio.
Los requisitos para una demanda de EXEQUATUR son:
* Copia certificada de sentencia extranjera y refrendada en el Perú.
* Que la causal de divorcio en el país donde usted se divorció exista también en el Perú, por ejemplo si se divorcio en el extranjero por mutuo acuerdo o causal de adulterio, al existir estas causales en el código peruano no habría problema.
* Partida de Matrimonio peruana o de consulado peruano.
* Copia del documento de identidad del solicitante o solicitantes.
* Textos remitidos por Internet por nosotros para que usted lo lleve al Consulado Peruano.
La trayectoria de nuestra firma en estos procesos puede ser corroborada con servicios prestados a peruanos y extranjeros residentes fuera del Perú, quienes pueden dar fe de nuestra especialización.
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